Sí. Según lo establecido en la Ley 32-23, todas las entidades registradas como contribuyentes ante la DGII deben acogerse al sistema de facturación electrónica, incluyendo las fundaciones, aunque no emitan facturas de manera regular.
En Unolet recomendamos lo siguiente:
- Iniciar el proceso de incorporación a la facturación electrónica en los plazos definidos por la DGII.
- Estar habilitado para emitir comprobantes electrónicos cuando sea necesario, aunque no haya facturación frecuente.
📌 La obligación no depende de la actividad económica o volumen de facturación, sino del estatus como contribuyente.